lunes, 30 de julio de 2007

Árboles

Fotos Sra Nora Di Vruno
















Se habla mucho acerca de los árboles y en verdad son seres vivos extraordinarios. Están en el planeta mucho antes que nosotros los humanos y son los únicos productores de oxígeno. De hecho en la cadena alimenticia son productores y no consumidores como todos los demás ( a excepción de los hongos, que son descomponedores).
Son imprescindibles para la vida y cuando el hombre contamina siempre hay algo relacionado con las plantas que sirve de remediación, como es el caso de las macrófitas o como las barreras acústicas vegetales (proyecto que nos fue aprobado en los Concejos Deliberantes de Ituzaingó y Morón), para morigerar el impacto de la polución sonora en las Autopistas.
Hay muchas leyes como siempre que dicen proteger los árboles, pero en la realidad, no es así. Esas leyes no se cumplen.
A principios del año 2005 la tala indiscriminada de todo un bosque centenario, se llevó a cabo en Parque Leloir, sin que la protesta reiterada de los vecinos, acompañadas de las fotos correspondientes, lograra detenerla. Lamentablemente esto es más frecuente de lo que se cree.
Toda la zona de Ituzaingó era considerada la Córdoba chica, por su clima y por su arboleda. Somos el 2º Cinturón verde después del Parque Pereyra Iraola. Sin embargo desde esta gestión hemos visto reducido en un 30% nuestros bosques, a pesar reitero, de los múltiples cuestionamientos y denuncias.
La ordenanza 1822, Vigente, establece:
Art.1º: Establécense las zonas denominadas “Villa Udaondo”, “Parque Leloir” y “Villa Porteña” como “barrios-Jardín” del Partido de Morón, los cuáles estarán sujetos a las reglamentaciones de la presente Ordenanza.
La ordenanza 14.163, Vigente, establece:
Art. 3º: En los seres vivos vegetales mencionados, queda terminantemente prohibido la realización de los siguientes actos:
a) Podar y extraer árboles;
b) Cortar hojas, ramas, frutos, tallos, raíces o cualquier otra parte constitutiva;
c) Producir incisiones, agujeros, descortezamiento, aplicación de sustancias nocivas u otro tipo de daño que afecte la anatomía fisiológica, forma u estado natural de crecimiento.
La ordenanza 7046, Vigente, establece:
Artículo 3: Las especies que bajo ningún concepto podrán ser removidas a efectos de concretar el proyecto son:








  • Eucaliptus




  • Araucarias




  • Eucaliptus Medicinal




  • Sophoras




y toda otra que a juicio de la Dirección de Plan Regulador y el Dpto. de Paseos Públicos se estime necesario preservar.
Con toda esta legislación vigente, ¿Cómo y Por qué tenemos estos árboles en el piso?.
A quién se le puede ocurrir llamar a “esto” REPOSICIÓN de la arboleda destruida.






















Antes(2005)




























Ahora (2007)

















1 comentario:

coepsa dijo...

Las Fotos de la Antigua Estanzuela de Sumampa y del bosque originario de la misma son una gentileza de la Señora Nora Di Vruno.